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Normativa General y Específica aplicable a los planes de acción para HLB
País |
Normativa |
AlcanceSituación |
Argentina |
Decreto-Ley n° 6704. Conocido como "Ley de Sanidad Vegetal". |
General Vigente |
Resolución Senasa n° 778/2004: establece la obligatoriedad de |
General Vigente |
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Resolución 543/2010: aprueba el procedimiento para movimiento de fruta fresca y material de propagación vegetal entre las provincias con distinta condición fitosanitaria respecto al Huanglongbing. http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=1447&io=13680 |
Específico Vigente |
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Resolución 273/2010: autorización de uso de determinados principios activos para el control de Diaphorina citri. http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=1447&io=12877 |
Específico Vigente |
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Resolución 959/2009: declara la emergencia fitosanitaria con respecto al Huanglongbing (HLB) en todo el territorio nacional. http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=1402&io=11771 |
Específico Vigente |
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Resolución 930/2009: se adoptan medidas fitosanitarias con respecto al material de propagación de cítricos. http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=1402&io=11747 Disposición Nº8/2012 prorroga el pazo para la venta traslado y plantación de materiales de propagación de cítricos producidos con anterioridad al 31 de diciembre de 2010. |
Específico Vigente |
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Resolución 517/2009: se crea el programa nacional de prevención de Huanglongbing (HLB) http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=1403&io=10413 |
Específico Vigente |
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Resolución 447/2009: prohíbe producción, plantación, comercialización y transporte de mirto en el territorio nacional. http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=1403&io=10224 |
Específico Vigente |
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Resolución 458/2005: denuncia obligatoria ante la presencia de sintomatología sospechosa de la enfermedad de Huanglongbing. |
Específico Vigente |
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Bolivia |
Resolución Ministerial 071 del 29 de julio de 2003: Establece los requisitos y procedimientos para el reporte de plagas |
General Vigente |
Resolución Ministerial 126/2002: Aprueba el Manual de Vigilancia Fitosanitaria |
General Vigente |
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Proyecto de Resolución Ministerial que declara la emergencia fitosanitaria para Huanglongbing (HLB)y dispone medidas para su prevención |
Específico En proceso de aprobación |
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Brasil |
Instruçao Normativa Nº 53/2008: aprueba criterios y procedimientos para la vigilancia de Huanglongbing. |
Específico Vigente |
Chile |
Decreto Ley N° 3557/1980 faculta al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), a la realización de vigilancia agrícolas en el territorio nacional, a objeto de determinar en forma oportuna la presencia de plagas cuarentenarias o exóticas y conocer la distribución e incidencia de plagas presentes relevantes. |
General Vigente |
Resolución N° 3080/2003 y sus modificaciones: inclusión de HLB y sus vectores como Plagas Cuarentenarias Ausentes en la Lista de Plagas Cuarentenarias. Ultima modificación año 2012, Resolución Nº 194/2012 |
General Vigente |
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Simulación Plan de contingencia. Directrices Generales ante la detección de Huanglongbing (Candidatus Liberibacter spp.) en Chile. Documento interno SAG. |
Específico Vigente |
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Paraguay |
Resolución 327/11 "Por la cual se establece el procedimiento para las prospecciones de cultivos y productos agrícolas". www.senave.gov.py/docs/resoluciones/senave/res327prospeccionesproductosagricolas.pdf |
General Vigente |
Resolución 354/09 “Por la cual se reglamenta el artículo 9º, inciso g) de la ley nº 2459/04 – que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)”. Por la que se declara al SENAVE, como la única institución autorizada por ley, para comunicar oficialmente la existencia de cualquier nueva plaga dentro del territorio nacional, tanto a nivel nacional e internacional. |
General Vigente |
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Resolución 468/2009: se establece obligatoriedad de denunciar la presencia de sintomatología sospechosa de la plaga conocida como Huanglongbing y se implementa el programa de vigilancia y detección precoz en cítricos. |
Específico Vigente |
Perú |
http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/GESTION/dl_25902.pdf |
General Vigente
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Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria: Determina que toda persona se encuentra obligada a informar a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, la presencia de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria, así como de aquellas cuya presencia se determine por primera vez en el país. La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es la única autorizada en el país para hacer el reporte oficial de dichas plagas y enfermedades. http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/GESTION/DL%201059.pdf |
General Vigente
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Decreto Supremo Nº 018-2008-AG que aprueba Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria. http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/GESTION/DS%20018-2008-AG.pdf |
General Vigente
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Resolución Jefatural Nº 266-2006-AG-SENASA: Aprueba la Directiva General para atender alertas y emergencias fito y zoosanitarias. http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/SUB_DIR_NOR/Proced%20alerta%20emerg%20fitosani.pdf |
General Vigente |
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Resolución Directoral Nº 21-2010-AG-SENASA-SV: Aprueba el procedimiento para la atención de una alerta y/o emergencia Fitosanitaria. http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/SUB_DIR_NOR/RD%2021-2010-ag-senasa-dsv.pdf |
General Vigente |
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http://www.senasa.gob.pe/RepositorioAPS/0/0/JER/SUB_DIR_NOR/PLAGAS.pdf |
General Vigente |
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Plan de Acción de Alerta Fitosanitaria de prevención de ingreso de Huanglongbing (HLB) y su vector Diaphorina citri. Documento interno al SENASA. |
Específico Vigente |
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Uruguay |
Proyecto de Decreto: Se faculta a la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) la realización de vigilancia fitosanitaria en el territorio nacional, a objeto de determinar en forma oportuna la presencia de plagas cuarentenarias o exóticas y conocer la distribución e incidencia de plagas presentes relevantes. Se establece obligatoriedad de denunciar la presencia de sintomatología sospechosa de plagas cuarentenarias |
General En proceso de aprobación |
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Artículos 158 y 159 de la Ley 18.834 Artículo 158.: Modifica el artículo 2º de la Ley Nº 3.921, de 28 de octubre de 1911 y dispone que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas determinará las medidas fitosanitarias necesarias para la prevención, manejo o control de plagas que afecten o puedan afectar la producción vegetal. Faculta a la Dirección General de Servicios Agrícolas a condicionar o prohibir el ingreso al país, la movilización o el transporte de vegetales, productos o subproductos de origen vegetal, la actividad viverista y la plantación de especies vegetales susceptibles a plagas sujetas a control, así como a disponer la destrucción de plantas o productos vegetales, cuando no existan otras medidas fitosanitarias que permitan mitigar el riesgo de introducción o diseminación de plagas. Determina que las personas físicas o jurídicas, organismos o instituciones públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza jurídica, están obligadas a aplicar las medidas previstas en el inciso primero, incluidas las de emergencia que se determinen para cada situación en particular con el objetivo de suprimir, contener o erradicar una población de plaga determinada. Artículo 159 Establece que todo lugar, área, parcela, sitio o establecimiento de producción, propagación, multiplicación, procesamiento, acopio o empaque, almacenamiento, distribución, comercialización de plantas y productos vegetales, deberá contar con habilitación fitosanitaria y quedará sujeto a los procesos de registro y control que establezca el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas. http://www0.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=18834&Anchor= |
General Vigente |
Proyecto de Resolución de la Dirección General de Servicios Agrícolas del MGAP que aprueba el Plan de Acción contra Huanglongbing e Incluye Plan de contingencia. |
Específico En proceso de aprobación. |