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Fruta Cítrica

REQUISITOS FITOSANITARIOS Y DECLARACIONES ADICIONALES EXTRAREGIÓN PARA PLAGAS CUARENTENARIAS EN Citrus spp. FRUTA FRESCA
REQUISITOS GENERALES ARMONIZADOSArgentinaBoliviaBrasilChileParaguayPerúUruguay
R0 Requiere permiso fitosanitario de importación.++--+++
R1 El envío requerirá inspección fitosanitaria al ingreso.+++++++
R2 El envío deberá venir acompañado por el Certificado Fitosanitario/ Certificado Fitosanitario de Reexportación,según corresponda (especificando la/s DA de ser necesario).+++++++
R4 El envío estará sujeto a análisis oficial de laboratorio al ingreso.+-+-+-+
R8 El envío deberá ingresar a depósito cuarentenario oficial/bajo control oficial------(+)
R11 Las plantas u otros artículos reglamentados deberán venir libres de suelo.--+----
R12 El envío deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en: (citar Normativa fitosanitaria vigente).+------
R13 Los embalajes de madera deberán cumplir con la NIMF 15.+++++++
R14 El envío deberá venir libre de hojas.+++++++
R18 El envío deberá venir en envase nuevo, de primer uso, etiquetado o rotulado de acuerdo con la normativa vigente.++(+)+++(+)
R19 El envío deberá venir en contenedor limpio y/o desinfectado y precintado.+-(+)--(+)-
R20 El envío deberá ser sometido a lavado, cepillado y/o encerado.+(+)(+)++++
REQUISITOS FITOSANITARIOS Y DECLARACIONES ADICIONALES EXTRAREGIÓN PARA PLAGAS CUARENTENARIAS EN Citrus spp. FRUTA FRESCA
PLAGA1OPCIONES DE DECLARACIONES ADICIONALES (DA) ARMONIZADAS2Pais que la regula
ArgentinaBoliviaBrasilChileParaguayPerúUruguay
1.       ACARINA
Brevipalpus californicusDA1DA2+--+--+
Brevipalpus chilensisDA1DA2--+--+-
Brevipalpus lewisiDA1DA2--+++-+
Brevipalpus obovatusDA1DA2-----+-
Brevipalpus cuneatusDA1DA2--+----
Brevipalpus phoenicisDA1DA2---+---
Eotetranychus lewisiDA1DA2+-+----
Eutetranychus orientalisDA1DA2+-++-++
2.       DÍPTERA
Anastrepha fraterculusDA2DA7---+-+-
Anastrepha ludensDA2DA7+--+-++
Anastrepha obliquaDA2DA7+--+--+
Anastrepha serpentinaDA2DA7+--+--+
Anastrepha striataDA2DA7+--+--+
Anastrepha suspensaDA2DA7+--+-++
Bactrocera dorsalisDA2DA7---+-++
Bactrocera carambolaeDA2DA7---+---
Bactrocera correctaDA2DA7---+-+-
Bactrocera minaxDA2DA7---+-+-
Bactrocera tryoniDA2DA7---+-+-
Bactrocera tsuneonisDA2DA7---+-+-
Bactrocera zonataDA2DA7+-++--+
Ceratitis capitataDA2DA7+--+-+-
Dacus spp.DA2DA7---+---
3.       HEMÍPTERA
Ferrisia virgataDA1---+--+
Homalodisca coagulata (=vitripennis)DA1---+---
Icerya aegyptiacaDA1--+----
Icerya seychellarumDA1--+----
Maconellicoccus hirsutusDA1+----++
Nipaecoccus nipaeDA1---+---
Nipaecoccus viridisDA1+-++---
Pseudococcus calceolariaeDA1+-+----
Pseudococcus comstockiDA1-----+-
Pseudococcus cryptusDA1-----+-
Rastrococcus invadensDA1-----+-
Pseudococcus jackbeardsleyiDA1---+---
4.       LEPIDÓPTERA
Apomyelois ceratoniaeDA1---++-+
Argyrotaenia sphaleropaDA1---+---
Cryptoblabes gnidiellaDA1---+-+-
Ecdytolopha aurantianaDA1---+---
Marmara gulosaDA1---+---
Platynota stultanaDA1+------
Prays citri

DA1DA2DA5+-++--+
Proeulia aurariaDA1+-+----
Proeulia chrysopterisDA1+-+----
Thaumatotibia leucotretaDA1--++---
Amyelois transitiellaDA1---+---
Citripestis sagittiferellaDA1DA2---+---
Epiphyas postvittanaDA1DA2---+---
Prays endocarpaDA1DA2DA5---+---
5.       THYSANÓPTERA
Pezothrips kellyanusDA1DA2DA15--+--+-
Scirtothrips citriDA1---+-+-
Scirtothrips dorsalisDA1---+---
Scirtothrips inermisDA1--+----

Notas:

1 Las plagas que se mencionan en el presente cuadro son plagas reglamentadas por alguno de los países miembros de COSAVE. Surgen de los requisitos fitosanitarios que cada país establece para el producto (especie/ parte vegetal/uso previsto) en cuestión. Los mismos pueden sufrir actualizaciones como resultado de la identificación de nuevas plagas, o de su eliminación.
(+) El signo positivo indica lo siguiente: esa plaga es regulada por ese país para ese producto al momento de realizar la armonización.
(-) El signo negativo indica que esa plaga no es regulada por ese país para ese producto al momento de la armonización. Las causas pueden referirse a: a) No hay comercio con países que tienen presente la plaga
b) la plaga ha sido evaluada por el país miembro y no califica como plaga cuarentenaria,
c) la plaga está presente en el país importador.

2 Las Declaraciones Adicionales (DA) armonizadas han sido acordadas para el intercambio del producto, sin perjuicio de que otras DA que no están en el presente cuadro puedan ser consideradas y acordadas.

Cada país seleccionará la opción de DA que cubra su nivel adecuado de protección

DA 14 y DA 20 no se incluyen en el cuadro , pero pueden ser aplicadas a todas las plagas

DA 2 podrá ser utilizada si hay tratamientos cuarentenarios aprobados o tratamientos justificados tecnicamente y aprobados por el país importador.

 

Declaraciones Adicionales
DA1El envío fue inspeccionado y se encuentra libre de (plaga/s).
DA2El envío ha sido tratado (especificar el tratamiento en la Sección III del certificado fitosanitario) para el control de (plaga/s).
DA5El lugar de producción/sitio de producción/campo, fue inspeccionado durante (período) y encontrado libre de (plaga/s).
DA7El envío fue producido en un área libre de (plaga/s), reconocida por la ONPF del país importador.
DA14El envío se encuentra libre de (plaga/s), por la aplicación de medidas integradas en un enfoque de sistemas para el manejo del riesgo, acordado con el país importador.
DA15El envío se encuentra libre de (plaga/s), de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio.
DA20El envío cumple con (plan/programa/protocolo de trabajo) suscrito entre (nombre de los países) para (plaga/s).